martes, 31 de mayo de 2016

La División de Depósito Legal se adecua a los nuevos tiempos

Depósito legal

Con el objeto de minimizar los trámites para obtener el Número de Depósito Legal, a partir del 22 de septiembre de 2015, dicha solicitud podrá enviarse mediante correo electrónico a la dirección:deposito.legalvenezuela@bnv.gob.ve

¿Qué es el Depósito Legal?
Se rige por la Ley de Depósito Legal y su Reglamento, es la normativa jurídica del Estado venezolano que tiene como misión asegurar el ingreso de todos aquellos materiales bibliográficos, no bibliográficos y audiovisuales producidos en el país y en el exterior con circulación en Venezuela, garantizando de esta forma la preservación de la Memoria Nacional y el acceso universal a la información.
¿Quién ejecuta la Ley?
La División de Depósito Legal, unidad administrativa del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y de Servicios de Bibliotecas.
¿Quiénes deben cumplirla?
Las personas naturales y jurídicas tanto del sector público como privado, responsable de editar o producir materiales en Venezuela, así como también los distribuidores exclusivos de materiales extranjeros que circulen en el país.
¿Qué es el Número de Depósito Legal?
Es un registro numérico nacional que identifica cada material y permite determinar la producción editorial del país. De acuerdo con la Ley de Depósito Legal y su Reglamento, es obligatoria su solicitud para los materiales editados o producidos en Venezuela en cualquier formato o soporte. Dicho número debe colocarse en un lugar visible del material.
¿Qué Materiales están sujetos a dicha normativa jurídica?
• Producciones bibliográficas: Libros (a partir de 48 páginas); folletos (a partir de 8 páginas); audiolibros; libros en versión digital y tesis de postgrado.
• Publicaciones seriadas: periódicos, revistas, boletines, informes, gacetas, memorias y cuenta, anuarios, guías y directorios (en cualquier soporte).
• Producciones no bibliográficas impresas en papel u otro material análogo: carteles; catálogos (hasta 8 páginas); programas de mano; agendas; plegables; guías didácticas (hasta 8 páginas); calendarios y almanaques, tarjetas y postales, sellos postales; partituras; mapas y planos.
• Materiales fijados en soporte audiovisual: producciones fonográficas (CD de música), cortometrajes, mediometrajes, largometrajes, documentales, micros, programas de radio y televisión.
¿Cómo hacer para obtener el Número de Depósito Legal?
Enviar solicitud vía correo electrónico a la dirección: deposito.legalvenezuela@bnv.gob.ve
con los siguientes datos: (Descargar Planilla)
TIPO DE MATERIAL:   XXXXXXX
EDITOR O PRODUCTOR:   XXXXXX
NÚMERO DEL RIF DEL EDITOR: XXXXXXXX
UNIVERSIDAD: (SÓLO EN CASO DE TESIS DE POSTGRADO)  XXXXXX
AUTOR: XXXXX
TÍTULO: XXXXXX
MATERIA: (SÓLO EN CASO DE LIBROS Y FOLLETOS) XXXXXX
CANTIDAD DE PÁGINAS: XXXXXXXX
FECHA DE EDICIÓN O LANZAMIENTO: XXXXXXX
FECHA DE APARICIÓN: (SÓLO EN CASO DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS) XXXXXX
CORREO ELECTRÓNICO (1):  XXXXXXX
CORREO ELECTRÓNICO (2):  XXXXXXX
AREA GEOGRÁFICA: XXXXXXXX
TELÉFONO(S):  XXXXXXX
La constancia de asignación numérica será enviada al correo electrónico suministrado por el
solicitante en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles. En caso de no recibirla en éste lapso
de tiempo, comunicarse con la división y notificarlo.
¿Cuántos ejemplares deben entregarse?
Según lo establecido en la Ley y su Reglamento, se deben remitir a la División de Depósito Legal:
• Tres (3) ejemplares de materiales impresos en papel.
• Dos (2) ejemplares de materiales fonográficos (CDS de música) 
• Un (1) ejemplar de materiales audiovisuales (cortometrajes, mediometrajes, largometrajes, documentales, micros, programas de radio y televisión) en soporte CD.

¿En caso de publicaciones editadas o producidas por entes de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, debe entregarse hasta un 25% del tiraje de lo publicado, con el objeto de dotar tanto a las colecciones de la Biblioteca Nacional como a las Bibliotecas Públicas Centrales de cada estado.
ISSN (International Standard Serial Number)
Número Internacional Normalizado para Publicaciones Seriadas
El ISSN es un código internacional normalizado para la identificación de publicaciones seriadas que según la normaISO 3297 (ISSN), son aquellas que se editan en cualquier medio o soporte (impreso o digital) en partes sucesivas llevando, generalmente, una designación numérica o cronológica bajo un título común y destinado a aparecer indefinidamente.
Las publicaciones seriadas incluyen: periódicos, revistas, boletines, informes, anuarios, guías y directorios, gacetas, memoria y cuenta y series monográficas. Dichos números son asignados por el Centro Nacional ISSN en cada país, con la finalidad de distinguir estas publicaciones de otros títulos similares o idénticos que pudieran existir en el mundo. Esta codificación internacional se emplea para generar los códigos de barra.
El ISSN es un número compuesto por ocho dígitos que está controlado por el ISDS (Sistema Internacional de Datos de Seriadas), organismo que tiene la responsabilidad exclusiva de asignarlo, y cuya sede está ubicada en París, Francia. En Venezuela el Centro Nacional ISDS está adscrito a la División de Depósito Legal de la Biblioteca Nacional, donde deben dirigirse los usuarios para solicitar la asignación respectiva. Se otorga solamente a publicaciones cuyo contenido tenga carácter científico, humanístico, tecnológico, cultural y académico. El número debe aparecer en cada ejemplar de la publicación seriada, en dos grupos de cuatro caracteres separados por un guión y precedido por las letras ISSN.
El código de ISSN facilita la actualización y vinculación de archivos, recuperación y transmisión de datos, además permite a estudiantes, investigadores, especialistas de la información y bibliotecarios, citar las publicaciones seriadas con precisión y sin equívocos.
Se utiliza mundialmente como número de control, clave de acceso y herramienta de citas de comunicación. En las bibliotecas se emplea para identificar títulos, hacer compras, intercambios (canje), nutrir el catálogo colectivo y verificar existencias de las publicaciones seriadas, así como para facilitar el préstamo inter bibliotecario, constituyéndose en una herramienta fundamental para la gestión eficaz del suministro de documentos.
Además, es un instrumento de comunicación útil entre editoriales y distribuidores, aumenta la rapidez y la eficacia de los sistemas de distribución comercial, especialmente mediante su utilización en los códigos de barra y en el intercambio electrónico de datos.
El ISSN es usado por editores, distribuidores y agencias de suscripciones, bibliotecas, sistemas de información, servicios de resúmenes y de indización, catálogos colectivos, sistemas de depósito legal y servicios postales. En Venezuela, se exige que el primer número de la publicación seriada se edite sin este código y sea remitido a la División de Depósito Legal para su evaluación, con el fin de verificar que el material cumpla con las exigencias pertinentes que justifiquen su otorgamiento.
Requisitos para la Asignación del ISSN
Enviar el formulario del Centro Nacional del ISDS, al correo electrónico: issn@bnv.gob.ve para recibir la asignación numérica respectiva en el correo suministrado por el solicitante.
Para descargar y llenar el formulario directamente en pantalla se recomienda hacerlo con el navegadorGoogle Chrome
Horario de Atención al Público de la División de Depósito Legal en Caracas:
Lunes a viernes de 9:00 am - 12:00 p.m y 2:00pm – 4:00 pm
 ESTE SERVICIO ES GRATUITO
Dirección: Final de la avenida Panteón, Biblioteca Nacional, Sede Administrativa, Nivel AP-0, Complejo Cultural Foro Libertador. Parroquia Altagracia. Caracas 1010, Venezuela.
Teléfonos: (58.212) 505.91.75 - 505.91.76 – 505.91.77 – 505.91.83
Apartado Postal 6525 – Caracas