JUAN GERMÁN ROSCIO
(San José de Tiznados, Edo. Guárico, 1763 – El Rosario de Cúcuta,
Nueva Granada, 1821)
Fue Juan Germán Roscio la primera figura civil de la república
venezolana de 1810 a 1821, fecha de su muerte. Andrés Bello, su amigo
caraqueño, dirá, en su “Alocución a la poesía, a su propósito, cómo“De la naciente libertad, no sólo fue defensor, sino maestro y padre.”
Nacido en la población guariqueña de San José de Tiznados, en 1763,
hijo de italiano y criolla, Roscio cursó estudios de derecho canónico y
civil y de sagrada escritura en la Universidad de Caracas, hasta llegar
a doctorarse en derecho canónico en 1794 y en derecho civil, en 1800.
Entró a formar parte del claustro de profesores de la misma institución
en 1798 como catedrático.
Iniciado el proceso independentista nacional el 19 de abril de 1810, en cuyo suceso figuró como “diputado del pueblo”,
ocupó Roscio un lugar eminente entre quienes procuraron dar forma
política y jurídica al naciente Estado venezolano, condición, por
cierto, reconocida por el jefe de la reacción realista triunfante de
1812, Domingo de Monteverde, al remitirle preso a España bajo acusación
de haber sido uno de “cuatro monstruos” dirigentes de la llamada Primera República.
Buena parte de los documentos
fundacionales de esta última serán obra suya en todo o en parte: el
primer reglamento electoral de junio de 1810, el acta de independencia
del 5 de julio de 1811 (elaborada en conjunto con Francisco Isnardy),
el Manifiesto al mundo la Confederación de Venezuela en la América
Meridional, de las razones en que ha fundado su absoluta independencia
de la España y de cualquiera otra dominación extranjera… y la Constitución nacional de 1811. De ese tiempo data también su opúsculo Patriotismo de Nirgua y abuso de los reyes,
apologético de la ortodoxia religiosa del cambio político de carácter
republicano abierto en Venezuela a partir del 19 de abril de 1810.
Libre hacia 1814 de la prisión española, Roscio retornó a la América
por la isla de Jamaica, de donde pasó hacia 1817 a los Estados Unidos.
Con la intención de quitar peso a una carta del Papa Pío VII que en
1816 había servido para exhortar a quienes luchaban en Hispanoamérica
por la independencia a volver a la obediencia monárquica, publicó
primeramente Roscio al año siguiente, en Filadelfia, traducida del
francés y prologada de su propia mano, una Homilía del Cardenal
Chiaramonti, obispo de Imola, actualmente Sumo Pontífice Pío VII,
dirigida al pueblo de su Diócesis en la República Cisalpina, el día del
nacimiento de J.C. año de 1797… y luego su obra política fundamental y más difundida, El
triunfo de la libertad sobre el despotismo, en la confesión de un
pecador arrepentido de sus errores políticos, y dedicado a desagraviar
en esta parte a la religión ofendida con el sistema de la tiranía, cuyo objeto, según su propio autor, era
“… rebatir con la Sagrada Escritura los errores políticos y religiosos con que la tiranía remacha los hierros de la esclavitud. Si los enemigos de la libertad, de las luces, y del
bienestar de los hombres dando tormento a las expresiones más claras
del nuevo y viejo Testamento, erigieron sobre ellas el ídolo de la
tiranía, el escritor del ‘Triunfo de la libertad’, recurriendo a los
mismos libros, a la historia del siglo y de la Religión, a la práctica
de todos los pueblos, a las máximas de los filósofos antiguos y
modernos, a los axiomas de la sana política, al dictamen de la razón,
exhibe el testimonio más auténtico de la verdad, y la defensa más
concluyente de los derechos imprescriptibles del hombre y de la
sociedad”.
Establecida por Simón Bolívar la sede provisional del gobierno
republicano en Angostura (hoy Ciudad Bolívar), Roscio retornó en 1818 a
Venezuela y prestó una importante contribución al proceso de
institucionalización de la misma: formó parte del Consejo de Estado
creado el año citado, contribuyó a redactar un nuevo reglamento para
elegir diputados al segundo congreso nacional de 1819 – 1820, compartió
con el neo-granadino Francisco Antonio Zea la redacción del Correo del Orinoco, participó
en el Congreso de 1819 – 1820 y, finalmente, ocupó la Vicepresidencia
de la nación. De este tiempo data el infructuoso intento de dar a la
imprenta un Catecismo religioso político, destinado a hacer contrapeso a un Real catecismo contemporánea-mente
editado en la España, el regreso al trono de España del rey Fernando
VII y la revocación por éste de la Constitución liberal de Cádiz de 1812.
Convocado para inicios de 1821 un tercer congreso, éste de carácter
gran – colombiano, que debía reunirse en la ciudad fronteriza de
Cúcuta, Roscio, que había sido escogido como representante al mismo,
murió en la última ciudad el 10 de marzo, antes de que tuviera lugar la
apertura de sesiones de dicho cuerpo político.
Tres años atrás, el 14 de abril de 1818, había firmado Roscio en
Filadelfia un testamento en el cual se contenía esta singular cláusula: